El gobierno nacional confirmó que ya está disponible el formulario de inscripción para recibir subsidios para los servicios de luz y gas, tanto en la página www.argentina.gob.ar como a través de la aplicación Mi Argentina. La segmentación de las tarifas comenzará a regir a partir del 1° de agosto.
“A partir del 1° de agosto comenzarán a regir las tarifas de acuerdo con las tres franjas fijadas por el decreto dictado hace un mes por el presidente Alberto Fernández”, recordó la portavoz de la Presidencia, Gabriela Cerruti, en su conferencia de prensa de los jueves en la Casa de Gobierno.
“Son datos muy sencillos de llenar y van a cruzarse con los que están en poder del Estado; una vez que estén cruzados, se van a empezar a cobrar las tarifas plenas y con los diferentes subsidios según la franja a la que pertenezcan”, detalló.
Desde ayer hasta el martes 19 de este mes se podrán inscribir aquellos usuarios cuyo documento finalicen en en 0, 1 y 2, mientras que desde el miércoles 20 al viernes 22 de julio podrán hacerlo quienes tengan documentos terminados en 3, 4 y 5. En tanto quienes cuenten con DNI finalizados en 6, 7 ,8 y 9 podrán inscribirse a partir del sábado 23 y hasta el martes 26 de este mes.
Cómo inscribirse
Para completar el formulario se debe ingresar al sitio www.argentina.gob.ar o a la aplicación Mi Argentina en la solapa trámites. La segmentación de las tarifas prevé tres niveles de usuarios. Según el grupo económico en el que se encuentre, deberán realizar la inscripción en un registro para no perder el subsidio o se pasará a pagar la tarifa completa.
Quienes integren el nivel 1 deberán pagar la tarifa sin ninguna clase de subsidios y comprende al 10% de la población de mayor poder adquisitivo. Esto es para quienes registren ingresos mensuales netos superiores a un valor equivalente a 3,5 Canastas Básicas Totales para un hogar tipo 2 según el Indec, sean titulares de tres o más automóviles con una antigüedad menor a cinco años, tengan tres o más inmuebles, una o más aeronaves o embarcaciones de lujo y activos societarios que “exterioricen capacidad económica plena”.
El nivel 2 lo integran las personas de menores ingresos. Acá entran los beneficiarios de la tarifa social, cuyo aumento en todo 2022 no podrá superar el 40% del Coeficiente de Variación Salarial (CVS) del año pasado. En los hechos representa un incremento nominal total de 21,36%.
Mientras que el nivel 3 está compuesto por los usuarios no comprendidos en los dos anteriores y el impacto en la factura será del 80% de CVS, que para este año es del 42,72%.
Turnos a través de Anses
La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) dará los turnos para realizar en forma presencial el trámite de pedido de mantenimiento de los subsidios a las tarifas de luz y gas. En este caso se pedirá el número de CUIL y se podrá se podrá elegir día y hora en la Unidad de Atención Integral (UDAI) más cercana al domicilio.
Qué información contendrá la declaración jurada del formulario
El contenido de la declaración jurada que deberán presentar los usuarios incluye los siguientes datos:
- el Documento Nacional de Identidad,
- el número de trámite del DNI,
- nombre, apellido,
- CUIL,
- género,
- fecha de nacimiento,
- datos socioeconómicos, situación laboral,
- datos de contacto, domicilio declarado por el usuario, código postal, relación con el domicilio,
- datos del servicio de luz,
- datos del servicio de gas y
- datos del grupo conviviente.
A este registro se deberán inscribir todas las personas que aspiren a mantener el subsidio, incluyendo las que perciben una jubilación, pensión o son beneficiarias de programas sociales como las asignaciones universales por Hijo (AUH) y por Embarazo (AUE), Progresar y Potenciar Trabajo.
Aquellos que no tienen la factura a su nombre, podrán realizar la solicitud como usuarios de los servicios indicando que no es la persona titular.
Por lo tanto, también las familias que alquilen o residan en una propiedad que no les pertenece van a recibir el subsidio como usuaria de los servicios. También se contempla que si una persona tiene más de un medidor a su nombre se subsidiará sólo el servicio del domicilio donde declare residencia.
Requisitos para pertenecer al Nivel 1, Nivel 2 o Nivel 3
Nivel 1 – Mayores Ingresos:
Usuarios que pagarán el costo pleno del gas y/o la electricidad contenido en la factura, en virtud de reunir al menos una de las siguientes condiciones, considerando en su conjunto a los y las integrantes del hogar:
- Ingresos mensuales netos superiores a un valor equivalente a 3,5 Canastas Básicas Totales (CBT) para un hogar 2 según el INDEC.
- Ser titulares de 3 o más automóviles con antigüedad menor a 5 años.
- Ser titulares de 3 o más inmuebles
- Ser titulares de 1 o más aeronaves o embarcaciones de lujo
- Ser titulares de activos societarios que exterioricen capacidad económica plena.
Para este segmento, la reducción de los subsidios será gradual y en tercios bimestrales hasta alcanzar la cobertura plena del costo de la energía hacia fines de 2022.
Nivel 2 – Menores Ingresos:
Usuarios y usuarias a quienes, tomando como referencia el ámbito de jurisdicción nacional, el impacto en factura que genere la corrección del componente energía equivaldrá a un incremento porcentual total anual en su factura de hasta el CUARENTA POR CIENTO (40%) del Coeficiente de Variación Salarial (CVS) del año anterior, en virtud de reunir alguna de las siguientes condiciones, considerando en conjunto a los y las integrantes del hogar:
- Ingresos netos menores a un valor equivalente a 1 Canasta Básica Total (CBT) para un hogar 2 según el INDEC
- Integrante del hogar con Certificado de Vivienda (ReNaBaP)
- Domicilio donde funcione un comedor o merendero comunitario registrado en RENACOM;
- Al menos un o una integrante del hogar posea Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur;
- Al menos un o una integrante posea certificado de discapacidad expedido por autoridad competente y, considerando a los y las integrantes del hogar en conjunto, tengan un ingreso neto menor a un valor equivalente a 1,5 Canastas Básicas Totales (CBT) para un hogar 2 según el INDEC.
No podrán formar parte de este segmento aquellos hogares que cumplan alguna de las siguientes condiciones:
- Sean propietarios o propietarias de 2 inmuebles, considerando a los y las integrantes del hogar en conjunto, o
- Sean propietarios o propietarias de un vehículo de hasta 3 años de antigüedad, excepto los hogares donde exista al menos un o una conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD).
Nivel 3 – Ingresos Medios:
Usuarios y usuarias no comprendidos en los niveles 1 y 2 a quienes, tomando como referencia el ámbito de jurisdicción nacional, el impacto en factura que genere la corrección del componente Energía equivaldrá a un incremento porcentual total anual en su factura no mayor al OCHENTA POR CIENTO (80%) del Coeficiente de Variación Salarial (CVS) del año anterior.
Los niveles 2 y 3 no tendrán nuevas modificaciones en los precios de referencia definidos por el Gobierno Nacional en todo el 2022.