Estamos a pocas horas de la apertura formal de las Sesiones Ordinarias del Concejo Deliberante. En ese marco, la Unión Cívica Radical difundió una gacetilla de prensa en la que informa una serie de proyectos que presentó la edil Lilián Labaqui (Juntos) para que sean evaluados por el Cuerpo. La concejala busca que el Municipio adhiera a distintas leyes provinciales vinculadas a personas con discapacidad y también apoye un proyecto para habilitar el trabajo comunitario ante infracciones a ordenanzas municipales. Además, pretende lograr la adhesión a la prohibición de la venta y uso de pirotecnia sonora, e incluso busca un pronunciamiento ante la situación de la producción tambera.
Según indica la gacetilla, Labaqui se mostró firme en que “el proceso electoral -de este 2023- no puede afectar la tarea de los concejales y su función principal: legislar”.
En algunos casos corresponden a cuestiones que ya se están implementando en cierta forma (como por ejemplo la prohibición del uso de la pirotecnia sonora), pero los proyectos sirven para ampliar su poder de aplicación (ahora también se prohíbe la venta), o establecer un marco legal que respalde las actuaciones.
DETALLE DE LAS PROPUESTAS
SITUACIÓN DE LA LECHERÍA
Mediante un proyecto de resolución se solicita “a los Gobiernos Nacional y Provincial arbitren las medidas necesarias con el fin de eliminar toda intervención o acuerdos de regulación del precio de leche cruda y productos lácteos, toda vez que esos acuerdos perjudican a los productores tamberos de la Provincia de Buenos Aires, en el contexto general del país”, y se manifiesta la preocupación del Concejo Deliberante.
En los fundamentos señala “que los productores de la Provincia – y por ende los del Partido de Bragado –, como de otras jurisdicciones provinciales, vienen aguantando y sufriendo una grave sequía la cual ha afectado el desarrollo económico, social, ambiental y productivo provincial, por lo que aplicar medidas que afecten aún más los ingresos de los productores, redundaría en una salida masiva de tamberos del sistema productivo con todo el costo social y económico que ello implica” por lo que “sumado a la grave situación de déficit hídrico, el sector requiere de políticas activas para mejorar la productividad, eliminar los diferentes tipos de cambio, un mejor financiamiento y asistencia financiera, reducción de la carga fiscal y la eliminación de las intervenciones estatales que atentan contra el desarrollo del sector tambero y del resto de las producciones agroindustriales”.
Se señala también que “el precio de la leche cruda al tambero – reciben entre $ 64 y $ 66 por litro y llega a las mesas a $ 200 a $ 250 – lo fija la industria en forma unilateral, la cual paga a mes vencido – que suele extenderse hasta setenta (70) días en un contexto altamente inflacionario – de recibida la producción, situación que expone la debilidad de negociación que puede ejercer el productor tambero, siempre teniendo en cuenta que a una vaca en plena producción no se le puede suspender el ordeño por falta de precio dado que, ese animal, cortará su ciclo productivo hasta que pueda parir una nueva cría y poder entrar a producir nuevamente, ciclo que llevaría más de un año sin contar las pérdidas por sanidad y calidad sobre los animales que arrojaría una decisión de esa envergadura”.
Labaqui, que proviene de una familia de tamberos de la zona de Olascoaga, indicó que “los lecheros no tienen posibilidades de seguir trabajando porque hace más de 15 meses que están produciendo a quebranto debido al aumento de costos en el alimento y los insumos que se utilizan”.
“Es realmente un fuerte deseo fuerte mío, y espero que lo compartan los demás concejales, que lo que quiero expresar sirva para que el Gobernador de la Provincia promueva las gestiones pertinentes a fin de que no se siga afectando la producción láctea provincial sino, por el contrario, se incite, mediante el dictado de políticas públicas acordes, a mejorar la producción y los ingresos de los productores y, con ello, una mayor inversión genuina que beneficiará sobre todo a las poblaciones del interior bonaerense”.
También la fundamentación de la iniciativa se indica que en el ámbito legislativo provincial tramita una iniciativa en idéntico sentido de la senadora Érica Revilla, vicepresidenta de la UCR.
INICIATIVAS PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
A través de cuatro proyectos de Ordenanza todas con sustento en la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la que la República Argentina es signataria y a la que otorgó jerarquía constitucional, se propone adherir a otras tantas leyes provinciales, como estas mismas normas así invitan a las Municipalidades, para ser aplicadas en el orden local.
La Ley Nº 14519 establece la supresión de toda frase o expresión que, por su significación, puedan ser discriminatorios en los términos que se refieren al colectivo vinculado a la discapacidad y para su aplicación en el orden local se propone “la supresión en todo documento oficial de la Municipalidad de Bragado de toda frase o expresión, que por su connotación o anacronismo puedan ser discriminatorios, estigmatizantes o inapropiados” debiendo ser el de “personas con discapacidad” la correcta denominación para referirse a las mismas.
En cuanto a la adhesión a la Ley N° 15115 el proyecto de ordenanza establece que la Municipalidad de Bragado deberá respetar, en los diseños de sus páginas web, las normas y requisitos sobre accesibilidad de la información para que las personas con discapacidad o dificultad en la comprensión de textos puedan acceder y comprender sus contenidos, estipula que las compras o contrataciones de servicios tecnológicos en materia informática que se efectúen tendrán que contemplar los requisitos de accesibilidad establecidos por la autoridad de aplicación. Y extiende esa obligación a “las instituciones u organizaciones de la sociedad civil que fueran beneficiarias o recibieran subsidios, donaciones o condonaciones por parte de la Municipalidad, o celebrasen contrataciones de servicios con la misma”.
En lo atiente a la adhesión a la Ley Nº 15184 el proyecto de Ordenanza tiene por objeto garantizar el derecho que tienen todos los ciudadanos a comprender la información pública, y promover el uso y desarrollo de un lenguaje claro en los textos legales y formales, entendiéndose por lenguaje claro, el lenguaje basado en expresiones sencillas, con párrafos breves y sin tecnicismos innecesarios que puede ser usado en la legislación, en las resoluciones de la Justicia Administrativa de Faltas y en las comunicaciones públicas dirigidas al ciudadano.
Referido a la Ley Nº 15296 se establece la capacitación obligatoria en la temática de discapacidad desde un enfoque de derechos humanos, para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todas las reparticiones, alcanzando a los dos Departamentos que componen la Municipalidad de Bragado.
PIROTECNIA CERO
El proyecto de ordenanza presentado adhiere a la recientemente sancionada Ley provincial Nº 15406, prohibiendo “en el ámbito del Partido de Bragado, la venta al público minorista, la venta ambulante en la vía pública y el uso particular de artificios pirotécnicos y de cohetería de uso recreativo de alto impacto sonoro, cualquiera fuera su característica y naturaleza, como así también los denominados globos aerostáticos de pirotecnia” y, asimismo, “la adquisición y uso, por parte del sector público municipal, de todo artificio pirotécnico o de cohetería, de alto impacto sonoro, en los eventos y/o espectáculos que organice”.
En los fundamentos se hace alusión a que el uso de pirotecnia puede ocasionar un verdadero daño en la audición o trauma acústico de las personas que la manipulan, muchas veces irreversibles; temor o sobresalto en bebés, ancianos o en personas que sufren algún tipo de discapacidad; quemaduras graves en menores y adultos que las manipulen y hasta pérdida de miembros, sin dejar de tener en cuenta la afectación en los animales domésticos y silvestres producto del estallido, así como también en el medio ambiente: generando contaminación y su poder para generar incendios, particularizando en un sector vulnerable como el de las personas con trastornos del espectro autista (TEA) ya que tienen una alta sensibilidad auditiva, pudiendo ocasionarles un shock que puede ser muy perjudicial tendiendo, ellos, a taparse los oídos, y romper en llanto incontrolable, o nerviosismo extremo, acarreando muchas veces consecuencias peligrosas, como llegar a autolesionarse.
De acuerdo al texto de la Ley a la que se adhiere, la Municipalidad actuará como “autoridad de comprobación”, estando el juzgamiento de las infracciones a cargo de la Jueza de Paz Letrada del Partido de Bragado en su carácter de “Jueza de Faltas”, según la Ley 8031/73 “Código de Faltas Provinciales”.
EL TRABAJO COMUNITARIO COMO PENA POR INFRACCIÓN A LAS ORDENANZAS
Mediante un proyecto de resolución se requiere de la Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires la aprobación definitiva de una ley que le remitiera el Senado modificando el Código de Faltas Municipales (Ley 8751/77) por el que se incorpora el trabajo comunitario como pena por infracción a las Ordenanzas y Leyes cuyo juzgamiento corresponda a las Municipalidades.
“Puede decirse que el trabajo comunitario tendría dos funciones: una diversificación de los modos de solucionar conflictos, promoviendo la formación ciudadana, y constituir una herramienta de racionalización y optimización en los recursos del Estado y en los tiempos procesales”, se señala en los fundamentos.